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martes, 6 de octubre de 2020

ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE

En septiembre de 1791 se aprobó una Constitución, con monarquía constitucional, basada en la división de poderes:
  • el ejecutivo, en manos del rey,
  • el legislativo, desempeñado por la Asamblea,
  • el judicial, gratuito y ejercido por jueces electos.
Se mantuvo el derecho a veto del rey, que le permitía bloquear leyes, y se estableció el sufragio censitario e indirecto, que limitaba la participación a los ciudadanos con un nivel de renta.
La Asamblea Nacional Constituyente:
  • Abolió el feudalismo (decretos 4 y 11 agosto) suprimiendo estamentos, servidumbre personal, diezmos, rentas y justicia señorial.
  • Aprobó la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano (26 de agosto de 1789), que otorgaba la condición de ciudadanos libres e iguales ante la ley, dotados de derechos naturales, políticos y de propiedad.
  • Reconocía el derecho a la resistencia contra la opresión.
  • Estableció la soberanía de la nación, como voluntad general del pueblo.
  • Impuso una nueva división territorial en 83 departamentos.
  • Abolió las aduanas interiores y estableció la libertad de comercio.
  • Se declaró a todos los ciudadanos iguales ante la fiscalidad y se aumentaron los impuestos directos sobre las fortunas y propiedades.
  • Se garantizó la libertad de empresa y se prohibieron los gremios y cualquier asociación de empresarios o trabajadores (Ley Le Chapelier).
  • Se llevó a cabo una desamortización (expropiación y venta de los bienes de la Iglesia) para resolver el déficit financiero, asegurando el Estado el mantenimiento del culto y el clero.
  • Se separó la Iglesia del Estado, se autorizó el divorcio, se impuso el juramento constitucional a los eclesiásticos que provocó la división entre sacerdotes refractarios (negaban jurar la Constitución) y constitucionalistas.

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